http://fetap.cgt.es/la-sentencia-de-la-verguenza

Recibimos la noticia de que el Tribunal Supremo sentenciaba que los/as trabajadores/as interinos/as no tienen derecho a indemnización por despido, dando un paso más (aún si cabe) al derrotero neoliberal que los tribunales españoles están adquiriendo cada vez en mayor medida.

Si en 2016 el Tribunal de Justicia Europeo tiró de las orejas a las Administraciones Públicas de España al reconocer que discriminaba al personal interino, y reconocía a estos/as trabajadores/as el derecho a percibir la misma indemnización de despido que al indefinido, ahora el Tribunal Supremo da un brinco hacia atrás respecto a la Sentencia Europea, al más puro estilo Chiquito de la Calzada, y alega que no cabe «otorgar indemnización alguna por el cese regular del contrato de interinidad”. Vergonzoso.

Ni derecho a los 20 días del despido objetivo, ni a los 12 días de indemnización para contratos de obra y servicios. No a los 20 días, porque la finalización contractual de un/a interino/a es un hecho contemplado en el contrato. Tampoco los 12 días, porque el Tribunal entiende que esta indemnización no tiene un efecto disuasorio contra el abuso de la contratación temporal. Vamos, que para qué compensar al trabajador/a, si no va a parar la contratación temporal. Vergonzoso.

Eso sí, el Tribunal Supremo llama la atención por la larga duración en las interinidades, y alega que hay sanciones más duras que la indemnización de 12 días contra el abuso de la contratación eventual. Mientras tanto, el/la despedido/a se va con una mano detrás y otra delante. Vergonzoso.

Desde la FETAP (y por extensión, toda la CGT) siempre hemos defendido los derechos de todos/as los/as trabajadores/as, ya sea su contrato indefinido, interino o temporal, y seguiremos haciéndolo.

“la CGT a través de sus Servicios Jurídicos, defenderá los derechos de su afiliación contratada en fraude de ley en los casos de cese”. Y a ello nos dedicaremos.

Secretariado Permanente de la FETAP